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Editorial: Universo del Crucero (XXII) - Recomendaciones al contratar un crucero
Manuel Medina I Mayo de 2014


























Tratábamos en la anterior entrega sobre los distintos procesos de ventas para viajes de vacaciones en buques de cruceros. En esta ocasión daremos algunas recomendaciones a la hora de contratar un crucero:

1. Estudiar detenidamente los folletos publicitarios o la página web donde suelen aparecer las condiciones generales y preguntar cualquier duda al respecto.

2. Preguntar el precio total del viaje contratado y sumar desglosados los gastos que hayan de abonarse para no encontrarse con sorpresas de última hora una vez embarcados o al final del viaje: sumar las tasas de servicio, el precio de servicios adicionales o especiales, los suplementos de habitación o por régimen de comidas, etc.

3. Tener en cuenta que la agencia de viajes no puede pedir como anticipo más del 40% de la cantidad total.

4. En caso de desistimiento, recordar que la penalización máxima es del 25% del importe del viaje si el desistimiento se produce en las 48 horas anteriores, el 15% entre los días tres y diez, y el 5% con más de diez y menos de quince días.

5. Recordar que las condiciones del folleto son exigibles, puesto que la oferta forma parte del contrato. Téngase en cuenta para las excursiones programadas, los camarotes reservados, los servicios ofrecidos a bordo, etc.

6. Analizar la conveniencia de suscribir un seguro que cubra gastos de anulación del viaje ya que este no es obligatorio para el cliente y valorar las coberturas previstas para decidir si puede suponer un reembolso de gastos en las situaciones más comunes durante el viaje. Pregunte en su agencia si en el precio está incluido algún seguro adicional por cuenta del organizador.

7. Si viaja con efectos de valor, pregunte por la posibilidad de depositarlos bajo la custodia directa del transportista con una lista de los efectos depositados, para evitar que éste puede eximirse de responsabilidad en caso de pérdida o sustracción.

8. No olvide que si le modifican un elemento esencial del contrato puede aceptar la modificación o resolver el contrato sin penalización.

9. Guarde los folletos publicitarios y toda la documentación relativa al viaje para, en caso de surgir un conflicto, poder formalizar adecuadamente una reclamación.

10. En caso de conflicto pida la hoja de reclamaciones a la agencia de viajes para dejar constancia de su desacuerdo y ponga los hechos en conocimiento de una asociación de consumidores.

Sobre el último punto, hemos detectado que los barcos nunca ofrecen hojas de reclamaciones y suponemos que de hecho no están obligados pues se encuentran, normalmente al poseer bandera de conveniencia, fuera de la jurisprudencia del país de embarque y/o origen del cliente.

En cualquier caso, se trata simplemente de recomendaciones. La solvencia y seriedad de las compañías de crucero así como de las agencias de viajes que los comercializan, suelen garantizar en prácticamente todos los casos una magnífica experiencia.


© Manuel Medina
Escritor y Viajero


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